top of page
Tiempo de calidad

Complemento de paternidad incremento de pensiones

Complemento de paternidad incremento de pensiones

Gestionamos su reclamación sin ningún coste para usted ya que nuestros honorarios únicamente se aplicarán en caso de éxito, no cobrando nada si finalmente usted no consigue el complemento a su pensión.

Si eres padre con dos o más hijos y tienes una pensión de jubilación, incapacidad permanente o viudedad, reconocida entre el 1 de enero de 2016 y el 2 de febrero de 2021, cumples los requisitos para incrementar tu pensión entre un 5% y un 15% en función del número de hijos.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TSJUE) y recientemente los Tribunales españoles han declarado discriminatorio el complemento por maternidad que sólo afectaba a mujeres, haciéndolo extensible a los hombres que hayan accedido a una pensión durante el referido periodo.

En Ad Rem Letrados y Asesores, somos especialistas en Seguridad Social y desde que se dictó la sentencia del TJUE entendemos que se abre una ventana de oportunidad para conseguir este aporte extra para las pensiones habiendo iniciado ya numerosos expedientes de reclamación en todo el territorio nacional.

asesoramiento

Requisitos para la obtención del incremento por maternidad para hombres.

  • Estar jubilado, viudo o percibir una pensión por incapacidad. En caso de jubilación debe tratarse de jubilación ordinaria (a los 65 años) o jubilación anticipada forzosa.

  • Prestación concedida entre el 1 enero de 2016 y 2 de febrero de 2021.

  • Tener dos o más hijos.

No afecta si su cónyuge tiene reconocido el incremento por maternidad, usted también tiene derecho a este incremento. En caso de percibir una pensión máxima también tiene derecho a este incremento, aunque en un porcentaje inferior.

Importe del incremento de la pensión

El complemento de maternidad le permitirá elevar su pensión entre un 5% y un 15% en función del número de hijos:

  •  Dos hijos un 5%

  •  Tres hijos un 10%

  •  Cuatro o más hijos un 15%

 

Recientemente el Tribunal Supremo ha reconocido que el incremento por el complemento por maternidad debe abonarse con efectos retroactivos al momento en que se accedió a la jubilación o prestación de viudedad o incapacidad.

Documentación necesaria para la reclamación

Para el estudio de su caso y posterior presentación de la reclamación ante la Seguridad Social, necesitamos que nos remita la siguiente documentación:

1. Copia de la Resolución de Jubilación
2. Copia del Libro de Familia (todas las hojas)

3. Copia de su DNI

Puede enviarnos la documentación o contactar con nosotros en:

 

Contacto

¿Desea más información?

Agradeciendo la confianza depositada en este Despacho, quedamos a su entera disposición para resolver cualquier duda y analizar su caso sin ningún coste.

Ignacio Narváez Segovia

Abogado, Departamento legal Ad Rem SL

Email: prestacionjubilacion@gmail.com

Tel: +34 689 52 39 80

bottom of page